Así lo ha decidido el órgano de dirección, la Comisión Permanente, en una reunión en la que acordó personarse como codemandado de la Administración en todos los recursos interpuestos y que vayan a interponerse contra el citado decreto.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) se ha personado ante el Tribunal Supremo en los recursos contra el Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte ...
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) se ha personado ante el Tribunal Supremo en los recursos contra el Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
Así lo ha decidido el órgano de dirección, la Comisión Permanente, en su reunión celebrada el 22 de enero, en la que acordó personarse como codemandado de la Administración en todos los recursos interpuestos y que vayan a interponerse contra el citado decreto.
En este caso, el CGCOM se ha personado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en los recursos que ha interpuesto el Consejo General de Enfermería de España y el Sindicato de Ayudantes Técnicos Sanitarios de España (SATSE), quienes han hecho público que solicitan medidas cautelares para que no se aplique el párrafo segundo del artículo 3.2 del Real Decreto, petición a la que se opone el CGCOM y así lo va a alegar ante el Tribunal Supremo.
Con esta acción legal, el CGCOM mantiene su postura de acuerdo con el Real Decreto por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros y, en concreto el artículo 3, que recogía las propuestas de la profesión médica siempre en el marco de la mejor protección de la salud, de la seguridad de la atención y de la efectividad alcanzada por el tratamiento de los pacientes.
El CGCOM reitera que, en este RD, “queda perfectamente delimitado el campo de actuación y competencias de ambas profesiones respecto a las responsabilidades de médicos y de profesionales de enfermería en relación a los medicamentos sujetos por ley a prescripción médica y es acorde a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en lo relativo a que la responsabilidad del diagnóstico, tratamiento y prescripción corresponde al médico”.